¿Qué dice exactamente la ley?
El artículo 20 del Código Fiscal de la Federación (CFF) establece que las contribuciones y aprovechamientos se pagan en moneda nacional. Para operaciones denominadas en moneda extranjera, el tipo de cambio aplicable es el publicado por Banxico en el Diario Oficial de la Federación el día anterior al que se realiza la operación.
En términos prácticos, esto significa: el FIX que se calcula y publica un lunes a las 12:00 CDMX aparece en el DOF del martes. Cuando emites un CFDI el miércoles, el "tipo de cambio del día anterior publicado en el DOF" es justamente ese FIX del lunes. Por eso, en facturación electrónica, lo más común es referirse al "FIX del día hábil anterior" —porque considera el desfase de un día entre cálculo y publicación oficial.
Para emitir un CFDI en USD
El estándar técnico del CFDI 4.0 incluye los campos Moneda y TipoCambio. Cuando emites una factura en USD, debes:
- Declarar
Moneda="USD"en el comprobante. - Registrar el
TipoCambiocon el FIX del día hábil anterior, redondeado a dos decimales. - Calcular el equivalente en MXN multiplicando el monto USD por el tipo de cambio.
- El PAC (Proveedor Autorizado de Certificación) validará que el tipo de cambio sea consistente con el publicado por Banxico.
Si tu sistema de facturación está bien configurado, la consulta a la serie SF43718 vía API REST de Banxico es automática y diaria. Si lo capturas a mano, conviene verificar contra el portal de Banxico antes de emitir.
Tipos de cambio para distintos escenarios
| Escenario | Tipo de cambio aplicable | Fundamento |
|---|---|---|
| CFDI en USD | FIX día hábil anterior | Art. 20 CFF |
| Pago de impuestos | FIX día hábil anterior al pago | Art. 20 CFF |
| Contrato USD pagadero MXN | Según contrato, en defecto FIX del día del pago | Ley Monetaria art. 8 |
| Pedimento aduanero | FIX día hábil anterior al despacho | Ley Aduanera |
| Estado financiero NIF B-15 | FIX al cierre del periodo | NIF B-15 |
| Retención ISR a residente extranjero | FIX día del pago | LISR |
¿Qué pasa si emito con el FIX equivocado?
El PAC puede rechazar la validación del CFDI, o aceptarla pero con observaciones que generen problemas en revisiones posteriores. Si te das cuenta del error, las opciones son:
- Antes del timbrado: cancela la pre-factura y re-emite con el FIX correcto.
- Después del timbrado: emite un CFDI de egreso (nota de crédito) que cancele el original y re-emite uno nuevo con el FIX correcto. La nota de crédito debe referenciar el UUID del comprobante original.
- Si el error es menor (centavos), algunos contadores prefieren documentar internamente sin re-emitir, pero en revisión SAT eso puede generar diferencias.
La práctica más segura es validar el FIX antes de timbrar. Si tu ERP consulta automáticamente la API de Banxico, el riesgo es mínimo.
Contratos en USD pagaderos en pesos
Si firmaste o vas a firmar un contrato denominado en dólares pero pagadero en México, la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos (artículo 8) reconoce que las obligaciones en moneda extranjera pagaderas en territorio nacional se solventan en moneda nacional al tipo de cambio del día y lugar del pago. En la práctica, el contrato debe especificar:
- Qué tipo de cambio aplica (lo estándar: FIX publicado por Banxico).
- De qué fecha (día del pago, día hábil anterior, cierre de mes, etc.).
- Si hay redondeo y a cuántos decimales.
Si el contrato no especifica nada, supletoriamente aplica el FIX del día del pago. Para evitar disputas, conviene incluir la cláusula explícitamente. Si trabajas con clientes en dólares, conviene revisar el FIX antes de facturar y antes de cobrar —los días no siempre coinciden.
Operaciones intercompañía y precios de transferencia
Para operaciones entre partes relacionadas (intercompañía), el tipo de cambio aplicable sigue siendo el FIX del día hábil anterior, pero hay obligaciones adicionales: documentar precios de transferencia, registrar la operación en la declaración informativa correspondiente y, si hay residencia fiscal extranjera, considerar tratados para evitar doble tributación. La asesoría fiscal especializada es altamente recomendable.
"El SAT no inventa el tipo de cambio. Aplica el FIX que publica Banxico. Tu trabajo es asegurarte de usar el del día correcto."
Resumen práctico
Antes de emitir cualquier CFDI en USD, abre el portal de Banxico o ejecuta tu consulta automática a la API REST del SIE. Identifica el FIX del día hábil anterior. Captura ese valor con dos decimales en el campo TipoCambio. Calcula el equivalente en MXN multiplicando. Verifica que el PAC valide sin observaciones. Archiva la fuente —en caso de revisión, demostrar que el tipo de cambio aplicado es el oficial de Banxico es defensa suficiente.